Si su empresa presenta una declaración fuera de plazo debido a problemas técnicos, opóngase a las sanciones o recargos que quieran imponerle.
Si su empresa deja de presentar alguna declaración en plazo a causa de problemas técnicos (mal funcionamiento de la web de la AEAT, mala conexión a Internet, ciberataques, virus, etc.), verifique si puede recurrir las sanciones que le impongan:
- En caso de declaraciones informativas (modelos 190, 347, 390…), pueden presentarse entre tres y cuatro días naturales más tarde al fin del plazo de presentación. Si no se ha retrasado más días, recurra.
- En caso de autoliquidaciones negativas o a devolver, la norma no establece expresamente la posibilidad de prolongar el plazo de presentación. Aun así, si su empresa actuó de forma diligente y el retraso se debió a causas de fuerza mayor , recurra las sanciones de Hacienda. Para que haya sanción debe haber dolo o culpa.
Si la declaración presentada fuera de plazo resulta a ingresar y le aplican un recargo por ingreso extemporáneo, Hacienda suele actuar de forma automática, exigiendo dicho recargo sin más. Esto tampoco es correcto: según los tribunales, Hacienda debe analizar el motivo del retraso en cada caso concreto . Así pues, no admita recargos cuando el ingreso fuera de plazo se deba a problemas técnicos o a causas fortuitas o de fuerza mayor:
- Si el recargo se aplicase de forma automática, sin tener en cuenta las circunstancias de cada caso, sería más gravoso que las propias sanciones (que sólo son aplicables si existe dolo o culpa).
- En definitiva, si no hay negligencia o descuido en el retraso a la hora de declarar –de forma que este retraso se deba a causas sobrevenidas–, el recargo no es aplicable.
Para sustentar su recurso, recopile pruebas que acrediten los contratiempos : capturas de pantalla con los errores de conexión al servidor de Hacienda, el parte del seguro por el siniestro, la denuncia ante la policía tras un robo de ordenadores o un ciberataque, etc. En caso de ciberataque, acredite que usted actuó diligentemente y que disponía de un antivirus acorde con el tamaño de su empresa (aporte factura). Aporte también la denuncia ante la policía y ante la Agencia de Protección de Datos si sus datos se han visto comprometidos. Todos estos documentos le servirán como eximentes de responsabilidad.
Hacienda no puede imponer sanciones o recargos por extemporaneidad si la declaración se presenta fuera de plazo por problemas técnicos o por casos de fuerza mayor.