Si va a aplazar algún impuesto, recuerde que se han introducido mejoras y ahora es posible disponer de plazos de pago más largos en los nuevos aplazamientos.
Hasta 50.000 euros.
Recientemente se han aprobado nuevas normas que mejoran el régimen de aplazamientos. En primer lugar, se ha elevado de 30.000 a 50.000 euros la cuantía máxima de las deudas que Hacienda permite aplazar de forma automática y sin necesidad de garantías.
En el caso de los impuestos estatales, ello afecta a las solicitudes de aplazamiento presentadas a partir del 15 de abril de 2023 [Orden HFP/311/2023] y en el caso de impuestos cedidos a las comunidades autónomas (ITP o ISD, por ejemplo), se ven afectadas las presentadas a partir del 11 de junio de 2023 [Orden HFP/583/2023].
Plazos máximos.
Por otro lado, ahora los plazos de fraccionamiento máximo de las deudas tributarias gestionadas por la AEAT son los siguientes:
- Con aval. Para deudas garantizadas con aval o certificado de seguro de caución, dicho plazo es de 60 meses (antes, 36 meses)
- Con garantía sobre inmuebles sin cargas. En caso de que no sea posible aportar aval o certificado de seguro de caución y se aporten como garantía bienes inmuebles de naturaleza urbana libres de cargas, el plazo máximo se establece en 36 meses (antes, 24 meses).
- Otras garantías. Si se aportan otras garantías (inmuebles con cargas previas, prenda, fianza personal y solidaria, etc.), el plazo máximo es de 24 meses (igual que antes).
- Dispensa de garantías. En caso de dispensa de garantías por carecer de solicitante de bienes suficientes y acreditar que la ejecución de su patrimonio podría ser muy perjudicial para la continuidad del negocio (o producir graves quebrantos a Hacienda), el plazo de fraccionamiento máximo es de 12 meses (igual que antes).
En las deudas tributarias de hasta 50.000 euros en las que Hacienda conceda el aplazamiento de forma automatizada y no sea necesario aportar garantías, los aplazamientos ahora son de 24 meses para personas físicas (antes, 12 meses) y de hasta 12 meses para personas jurídicas (antes, 6 meses).